ASAMBLEA EN EDINBURGO, 24 de agosto de 1647, Sesión 10.
ACTO para observar las Direcciones de la ASAMBLEA GENERAL para el Culto secreto y privado, y la Edificación mutua; y para censurar a quienes descuidan el Culto familiar.
LA ASAMBLEA GENERAL, después de una madura deliberación, aprueba las siguientes Reglas y Direcciones para fomentar la piedad y prevenir la división y el cisma; y nombra ministros y ancianos gobernantes en cada congregación para que tengan especial cuidado de que estas Direcciones sean observadas y seguidas; así como que los presbiterios y los sínodos provinciales investiguen y prueben si dichas Direcciones son debidamente observadas en sus límites; y que reprueben o censuren (según la calidad de la ofensa), a quienes sean encontrados reprobables o censurables en ellas. Y, a fin de que estas instrucciones no se vuelvan ineficaces e inútiles entre algunos, debido a la habitual negligencia de la esencia misma del deber del culto familiar, la Asamblea exige y nombra además a los ministros y a los ancianos gobernantes para que busquen e investiguen diligentemente, en las congregaciones a su cargo respectivamente, si hay entre ellas alguna familia o familias que acostumbre a descuidar este deber necesario; y si se encuentra alguna familia de este tipo, el jefe de familia debe ser administrado primero en privado para enmendar su falta; y, en caso de que continúe en ella, debe ser reprendido seria y tristemente por el consistorio; después de lo cual, si se encuentra que sigue descuidando el culto familiar, que sea, por su obstinación en tal ofensa, suspendido y excluido de la cena del Señor, por ser justamente considerado indigno de participar en ella, hasta que se enmiende.
INSTRUCCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL, RELATIVAS AL CULTO SECRETO Y PRIVADO, Y A LA EDIFICACIÓN MUTUA; PARA FOMENTAR LA PIEDAD, MANTENER LA UNIDAD Y EVITAR EL CISMA Y LA DIVISIÓN.
ADEMÁS del culto público en las congregaciones, misericordiosamente establecido en esta tierra con gran pureza, es conveniente y necesario que se fomente y establezca el culto secreto de cada persona y el culto privado de las familias; que, con la reforma nacional, se promueva la profesión y el poder de la piedad, tanto personal como doméstica.